martes, 23 de agosto de 2016

Nulas decisiones de Asamblea Nacional para salud y alimentos


Entre las 7 leyes, 5 acuerdos y 5 informes que aprobó la Asamblea Nacional (AN) en las siete sesiones de los meses de abril y mayo pasado —que fueron anuladas por el Tribunal Supremo de Justicia el sábado— se encontraban normas, pronunciamientos y  propuestas para atender la crisis de salud y alimentaria que registra el país.


La decisión de la Sala Constitucional de suspender de manera cautelar los efectos de las sesiones efectuadas los días 26 y 28 de abril, y 3, 5, 10, 12 y 17 de mayo de 2016, junto a los actos producidos en ellas, se refiere concretamente a  los informes  elaborados por una comisión especial  que  analizó la crisis alimentaria del país (3/05);  los estudios presentados ante la plenaria  para el ejercicio de la función de control sobre el Gobierno y la administración pública, entre los que se menciona el sancionado el 26 de abril, de la subcomisión encargada de elaborar propuestas para la superación de la crisis económica; el informe final de la Comisión especial de para el sector universitario, del pasado 3 de mayo.

De igual modo, la AN aprobó en esa misma sesión un informe de la Comisión especial para el estudio de la crisis alimentaria y el sancionado el 5 de mayo,  que dio cuenta de una investigación sobre “los hechos irregulares ocurridos en las zonas mineras del municipio Sifontes, del estado Bolívar”.

En cuanto a los acuerdos, anuló el emitido para honrar los 60 años del debut del zuliano Luis Aparicio en el beisbol de Grandes Ligas (28-04); el de Dignificar el Salario Mínimo de los Trabajadores (28/04);  de Emplazamiento al Ejecutivo nacional para el cumplimiento de la Constitución  dado el voto de censura al ministro de Alimentación, Rodolfo Marco Torres (3/05).

Asimismo, abarcó los acuerdos de exhortación al cumplimiento de la Constitución, “y sobre la responsabilidad del Poder Ejecutivo, del TSJ y del CNE para la preservación de la paz y ante el cambio democrático en Venezuela” (10/05); y el acuerdo para Declarar el 17 de mayo como “Día nacional contra la homofobia transfobia y bifobia”.

En teoría de leyes, la sentencia del máximo tribunal del país dejó sin efecto las aprobaciones que se hicieron de la Ley especial para atender la crisis humanitaria en salud, el 3 de mayo; y las primeras aprobaciones de los proyectos de Ley de Emolumentos del persona docente de las instituciones educativas (12/05); de Transmisiones simultáneas, publicidad oficial y medios públicos; de Reforma parcial de la Ley Orgánica de Telecomunicaciones (28/04)

También contempló la anulación del proyecto de Ley de Reforma del decreto de Ley Orgánica de Hidrocarburos y la ley de Protección e indemnización a los usuarios frente a las fallas del servicio eléctrico (26/04).

El diputado de la AN, Stalin González (MUD), rechazó ayer  la decisión del TSJ  y aseguró que los legisladores de su bancada  van a seguir “avanzando y construyendo, a través de la vía democrática, el cambio en Venezuela”.  

“El Tribunal Supremo de Justicia lo que ha tratado de ser  es el dique del cambio en Venezuela, mientras en la Asamblea Nacional lo que hemos hecho es proponer soluciones a los venezolanos. Ha habido 67 sesiones nada más en este año, y se han propuesto 53 proyectos de ley, ninguno propuesto por la bancada del gobierno”, dijo durante entrevista  de Globovisión.

Ante el fallo del TSJ, el diputado indicó que la directiva de la Asamblea decidirá esta semana las acciones a tomar. “Vamos a seguir dando propuestas para salir de la crisis, vamos a seguir dando leyes, vamos a seguir dando investigaciones, los que integran el Tribunal Supremo son el brazo del Gobierno para limitar las decisiones del Parlamento, son el dique contra el cambio que le urge al país“.

Por su parte, el diputado Tomás Guanipa (MUD) criticó también al TSJ: “Ellos no quieren que la ley de cestatique para los pensionados se active, no quieren la ley de producción, todas esas leyes quieran o no, no podrán evitar que se ejecuten cuando logremos el cambio”.

Ratificó que la oposición saldrá el próximo 1 de septiembre “masiva y pacíficamente” para realizar una de las manifestaciones más importantes de Venezuela.

La Sala Constitucional ordenó la nulidad, conjuntamente con acción de amparo cautelar,  ante la presunta violación de lo dispuesto en la sentencia N° 269 del 21 de abril de 2016, por parte de la junta directiva y de la Secretaría de la AN  La sentencia establece la necesaria coordinación y colaboración entre los poderes Ejecutivo y Legislativo en los procesos de formación de leyes.
 Fuente: Panorama

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