La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia decidió «suspender» los resultados de la primaria opositora por un recurso contencioso electoral introducido por el diputado José Brito.
El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ suspendió este lunes «todos los efectos» de las primarias de la oposición, que se celebró poco después de que Estados Unidos flexibilizara sanciones contra el país a cambio de condiciones electorales.
Las internas para elegir al rival del presidente Nicolás Maduro en las elecciones de 2024 se celebraron de manera autogestionada el 22 de octubre y tuvieron una sorpresiva participación de 2,4 millones de personas y un triunfo arrasador para la liberal inhabilitada María Corina Machado, con 92% de los votos.
Maduro, su partido y el resto de las autoridades sostuvieron que la oposición infló las cifras y desconocieron el proceso.
La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), admitió un recurso de amparo contra la primaria introducido por el opositor disidente José Brito, diputado al Parlamento.
«Se suspenden todos los efectos de las distintas fases del proceso electoral conducido por la ‘comisión nacional de primarias'», señaló la sentencia publicada en la web de la máxima corte del país.
Al mismo tiempo, el fiscal Tarek William Saab abrió una investigación y citó este lunes a declarar en calidad de «investigados» a Jesús María Casal, presidente de la Comisión Nacional de Primarias (CNP) y otros miembros de su equipo.
Las primarias se realizaron cinco días después de que el gobierno y la oposición acordaron respeto a las primarias en una mesa de diálogo, donde además se decidió celebrar las elecciones presidenciales en el segundo semestre de 2024 con observación de la Unión Europea y otros actores internacionales.
Estados Unidos en respuesta alivió por seis meses el embargo petrolero impuesto al país en 2019, pero lo condicionó a que se habiliten a opositores como Machado, algo que el chavismo, al menos en el discurso, ha descartado.
De hecho, en su sentencia, el TSJ se refiere a Machado como «ciudadana inhabilitada de manera firme por 15 años», reafirmando una sanción impuesta en junio por supuesta corrupción y promover sanciones, que la oposición tacha de inconstitucional.
Primaria: Identidad de votantes
Casal, su vicepresidenta Mildred Camero, y Roberto Abdul-Hadi, un suplente en la directiva, son interrogados por fiscales con competencia en «materia contra legitimación de capitales, delitos financieros y económicos», según la boleta de citación.
La fiscalía investiga la presunta comisión de delitos de usurpación de la función electoral y de identidad, además de legitimación de capitales y asociación para delinquir. La Sala Electoral también advirtió sobre «la presunta comisión de ilícitos electorales y la presunta comisión delitos comunes».
«No me siento mal, no tengo complejo de culpa. Lo que (el fiscal) dice es diferente a lo que hicimos en realidad, pero esas serán materias que se discutirán en el tribunal», dijo Camero a la AFP el jueves pasado.
Miembros de las juntas regionales que organizaron las primarias en otros estados del país también fueron citados en sedes provinciales de la fiscalía.
La primaria no contó con la asistencia del Consejo Nacional Electoral (CNE) que, después de meses de evasivas, finalmente propuso a último minuto posponer el evento un mes para poder organizarlas pero sin garantías de poder inscribir a candidatos inhabilitados, una condición de la oposición.
El tribunal exigió además los «antecedentes administrativos, contentivos de las 25 fases que deben regir al proceso electoral», incluidos los cuadernos de votación, que la oposición insiste en mantener secretos para evitar represalias contra los participantes por parte del gobierno.
El chavismo ya publicó en el pasado una lista con los nombres de quienes firmaron para llamar a un referendo revocatorio entre 2003 y 2004 contra el expresidente Hugo Chávez (1999-2013).
Hubo ‘firmantes’ despedidos de la administración pública o no contratados por antichavistas.
Lo que dice la sentencia del TSJ
La Sala Electoral del TSJ, en ponencia aprobada en plenaria, admitió la solicitud de amparo cautelar introducida por el diputado José Brito y en consecuencia «SE SUSPENDEN TODOS LOS EFECTOS DE LAS DISTINTAS FASES DEL PROCESO ELECTORAL CONDUCIDO POR LA “COMISIÓN NACIONAL DE PRIMARIAS».
Por otra parte, ordena «a la “Comisión Nacional de Primaria”, de conformidad con el artículo 184 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, remitir a este órgano judicial los Antecedentes Administrativos, contentivos de las veinticinco (25) fases que deben regir al Proceso Electoral, desde la Convocatoria y su constitución como Comisión Electoral, pasando por el Cronograma Electoral, Registro Electoral con sus lapsos de impugnación y depuración…»
También debe remitir a la Sala Electoral del TSJ las «postulaciones con sus lapsos de impugnación y depuración, incluyendo el Acta de Aceptación de la Postulación, formulada por la ciudadana inhabilitada de manera firme por quince (15) años, María Corina Machado; así como las renuncias del ciudadano Henrique Capriles, inhabilitado de manera firme por quince (15) años, Freddy Superlano, inhabilitado de manera firme por siete (7) años, y las de cualquier otro ciudadano o ciudadana que haya decidido renunciar a su candidatura».
También el TSJ requirió «las Actas del evento celebrado el 22 de octubre de 2023, incluidas las Actas de Constitución de las Mesas Electorales, los Cuadernos de Votación, las Papeletas de Votación, las Actas de Escrutinios, así como las Actas de Totalización Regionales, el Acta de Totalización Definitiva, el Acta de Adjudicación y la de Proclamación».
«Debiendo también remitir un Informe sobre los aspectos de hecho y de derecho, indicando el mecanismo empleado para el resguardo del material electoral y el lugar destinado a tal efecto; todo ello relacionado con la demanda, según lo establecido en el artículo 184 eiusdem, en un lapso de tres (3) días de despacho contados a partir de su notificación«.
Igualmente, la instancia electoral del máximo tribunal decidió que «se ORDENA la notificación al Fiscal General de la República, ciudadano Tarek William Saab, con vista a las múltiples y graves denuncias relacionadas con ese evento electoral, formuladas tanto por el Diputado José Dionisio Brito Rodríguez, ya antes identificado, así como también por otros representantes de los Poderes Públicos del Estado Venezolano y por otros actores políticos».
Como antecedente adicional para solicitar la actuación del Ministerio Público, la Sala Electoral del TSJ son las denuncias «ampliamente difundidas a través de los medios de comunicación social, cuyo hechos descritos pudiesen configurar la presunta comisión de delitos contra la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, la presunta comisión de ilícitos electorales y la presunta comisión delitos comunes».
Tomada de: Banca y Negocios
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