domingo, 25 de agosto de 2024

TSJ rechaza por «extemporánea» la recusación presentada por Enrique Márquez

 

TalCual|agosto 25, 2024

El exaspirante presidencial Enrique Márquez introdujo en el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), el pasado 20 de agosto, una solicitud de recusación contra la presidenta de la Sala Electoral, Caryslia Rodríguez; cinco días más tarde, el ente judicial declara «inadmisible por extemporánea»


El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) rechazó «por extemporánea» la recusación presentada por el excandidato Enrique Márquez contra la presidenta de la Sala Electoral del órgano judicial, Caryslia Rodríguez Rodríguez. 


«Se declaró Inadmisible por extemporánea la recusación realizada en fecha 20 de agosto por el ciudadano Enrique Márquez, en su alegada condición de excandidato a la Presidencia de la República Bolivariana de Venezuela, postulado por el partido político Centrados en la Gente, para el proceso electoral que se realizó el 28 de julio de 2024. Así se decide», dice la sentencia número AVP-001 del expediente 2024-000034, que tuvo como ponente a Fanny Beatriz Márquez Cordero.    


Una recusación es el acto a través del cual se pide que un juez, un integrante de un tribunal o un fiscal no intervengan en un determinado proceso judicial por considerar que su imparcialidad no está garantizada. Esta impugnación debe ser presentada por la parte interesada, la cual, a través de un escrito formal, manifiesta las causas de la recusación.


TSJ y la recusación de Márquez

El exaspirante presidencial acudió el martes 20 de agosto al TSJ para presentar una solicitud de recusación contra la presidenta de la Sala Electoral, Caryslia Beatriz Rodríguez, porque considera que sus vínculos políticos afectan su imparcialidad en el caso.


Márquez consignó documentos en el ente judicial para argumentar que Rodrígez “no ha demostrado idoneidad” en el ejercicio del derecho para desarrollar la causa de la elección presidencial que lleva la Sala Electoral alrededor de los hechos del 28 de julio.


«Tiene afiliación política con el Partido Socialista Unido de Venezuela (PSUV), fue hasta concejal y estuvo activa hasta hace nada, de tal forma que yo considero que hay suficientes elementos de pruebas para decir que la presidenta de la sala no puede participar en esta causa», declaró ante la prensa.


Tras conocer la sentencia sobre la recusación, Perkins Rocha, asesor jurídico de la organización política Vente Venezuela, calificó la decisión de «improcedente e insólito: el TSJ hace minutos, publica un extracto en su página web oficial en el que rechaza por extemporánea la recusación presentada por Enrique Márquez en contra de la “presidenta” de la Sala Electoral…», escribió el jurista en su cuenta en X . 


Este viernes 23 de agosto, Márquez informó que solicitará a la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) una revisión de la sentencia 032, dictada por la Sala Electoral y que «convalida» los resultados de las presidenciales que dan como ganador al gobernante Nicolás Maduro.

Tomada de: talcualdigital.

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