lunes, 19 de octubre de 2015

Uso de recursos públicos en el simulacro electoral violó tres leyes

La violación de la normativa no se limita al simulacro, sino que se ha hecho desde la selección de los candidatos por los diferentes grupos políticos en los meses precedentes.
El uso de recursos públicos para realizar proselitismo político durante el simulacro de votación realizado el día domingo 18 de octubre viola, al menos, cuatro disposiciones legales.


La violación de la normativa no se limita al simulacro, sino que se ha hecho desde la selección de los candidatos por los diferentes grupos políticos en los meses precedentes.

El adelanto de la campaña electoral constituye en sí misma una clara violación a las normas vigentes, al punto que los rectores electorales fijaron su inicio para el 13 de noviembre.

Durante el simulacro de votación se pudieron apreciar numerosas y diversas violaciones a las disposiciones vigentes, en particular las relativas al uso de los recursos públicos a favor de determinadas candidaturas, por parte de funcionarios de diversos niveles que respaldan distintas opciones políticas.

En concreto, las actividades proselitistas desarrolladas durante el simulacro, además de constituir un delante de la campañana electoral fueron contrarias, entre otras normas al artículo 145 de la Constitución el cual establece que los funcionarios públicos están al servicio de la nación y no de parcialidad política alguna; la Ley contra la Corrupción, que en su artículo 13 indica que los funcionarios no podrán destinar el uso de bienes públicos al servicio de parcialidad política alguna; y el artículo 6 de la Ley de Procesos Electorales, el cual dice que los funcionarios “no pueden actuar en ejercicio de la función pública orientados por sus preferencias políticas o en detrimento de cualquier organización con fines políticos”.

De hecho, el artículo 68 de la Ley contra la Corrupción establece: “El funcionario público que abusando de sus funciones, utilice su cargo para favorecer o perjudicar electoralmente a un candidato, grupo, partido o movimiento político, será sancionado con prisión de un (1) año a tres (3) años”.

Desde el año 2008, el CNE argumenta no poder reglamentar lo que ocurre antes del inicio formal de una campaña electoral. En la sesión de rectores celebrada el 17 de septiembre de ese año la mayoría de los integrantes del organismo comicial aprobaron la tesis esgrimida por la entonces vicepresidenta del CNE, Janeth Hernández. Esta tesis indica que no existen normas que reglamenten una supuesta campaña adelantada, situación que impide “establecer sanciones para una normativa que no se ha redactado”.

Con información de El Pitazo
Cort. TalCualDigital

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