Ahora podrán usarse armas de fuego en manifestaciones en calle. Rocío San Miguel dice que es peligroso dejar a discreción del funcionario la decisión de disparar o no. El Ministerio de Defensa desarrolla en detalle actuaciones de los castrenses en las protestas y actos públicos
KEILYN ITRIAGO MARRUFO/ YOSSELYN TORRES / TalCualDigital
La reciente resolución del Ministerio de Defensa que incluye el "uso de la fuerza potencialmente mortal" en el control militar del orden público y en la manifestaciones de calle, para la presidenta de la ONG Control Ciudadano para Seguridad y Defensa de la Fuerza Armada Nacional, Rocío San Miguel, tiene un carácter sumamente peligroso y confuso.
La activista de derechos humanos asegura que esta definición de "uso de la fuerza potencialmente mortal" es muy ambigua y deja bajo la discrecionalidad del funcionario disparar o no a una persona.
"Cuando se autoriza el uso de la fuerza mortal se hace bajo preceptos casi matemáticos, taxativos, para evitar ambigüedades e interpretaciones de los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley", explica San Miguel.
La resolución, suscrita por el general en jefe Vladimir Padrino López, establece en su artículo 15, apartado 19, que "no se portarán ni usarán armas de fuego en el control de reuniones públicas y manifestaciones pacíficas, a menos que, por la necesidad y proporcionalidad de los medios empleados para contrarrestarla, sea necesario su porte y uso".
Más adelante, en su artículo 23 se detalla que sólo está autorizado en una situación que constituya una amenaza cierta y efectiva a la vida de cualquier persona envuelta en la situación, con el fin de preservarla.
El reglamento, tal como sostiene San Miguel, está anticipando a un entorno de alta conflictividad social que prevé el Gobierno nacional se produzca este año.
"Sobre todo por el nivel de profesionalización de las FAN que desarrollan varios artículos respecto a las unidades que tenderán a formarse y equiparse en cada de uno de los componentes de la Fuerza Armada para atender las manifestaciones y el orden público. Esto no tiene precedentes", manifiesta.
San Miguel no castiga todo el documento, pues saluda un 75% de normas positivas de actuación de la Fuerza Armada Nacional en funciones de control del orden público, la paz social y la convivencia ciudadana en reuniones públicas y manifestaciones que se desarrollan en el decreto.
Allí se especifican las actuaciones durante el desarrollo de las manifestaciones, los procedimientos, los derechos de las personas procesadas y la coordinación con los entes y órganos de la seguridad ciudadana.
Uno de los aspectos que rescata la activista es la incorporación de la Defensoría del Pueblo y del Ministerio Público en las actividades de control de los detenidos. San Miguel dice que aun cuando se repiten las garantías del debido proceso se salvaguardan los derechos de los detenidos a ser asistidos y visitados por sus abogados y que este ha sido uno de los aspectos más graves ocurridos el año pasado. "Creo que esta resolución es un reconocimiento a las graves violaciones de derechos humanos que ocurrieron en 2014", apunta.
Considera que también es plausible la responsabilidad del Ejecutivo y la que se asigna a los comandantes de unidades en las operaciones que se realizan, "porque comienza a trasladar la responsabilidad individual y penal a los funcionarios encargados del control de las manifestaciones públicas", agrega.
A San Miguel le preocupa que la resolución ya esté vigente pero se hayan dejado elementos sustantivos, como normas, cursos y dotación para ser desarrollados incluso en ocho meses.
"El ministro de la Defensa pudo haber consultado a un conjunto de organizaciones que nos hemos dedicado al tema de la Fuerza Armada por muchos años para haber sacado las luces más importantes de este decreto. Tiene sombras muy preocupantes", apunta, al tiempo que afirma se debieron haber prohibido claramente las detenciones arbitrarias y no solo simplemente mencionar que deben evitarse.
"Porque estas son el inicio de una ruta que puede terminar en desapariciones o graves violaciones de DDHH".
LO POLÍTICO
La crisis social amenaza con agudizarse: el inminente aumento del precio de la gasolina y la escasez alimentos es caldo de cultivo para la activación de protestas masivas. El presidente Nicolás Maduro dijo en su rendición de cuentas en la Asamblea Nacional, el 21 de enero pasado, que apelaba a la conciencia colectiva rogando que el nuevo valor del combustible no reedite el Caracazo de 1989. Sin embargo, hizo que la Fuerza Armada se blindara con la resolución que permite el uso de armas mortales en manifestaciones públicas.
La coordinadora de la Comisión de Derechos Humanos de la Mesa de la Unidad, Delsa Solórzano, afirmó que el descontento crece en el país, y la resolución 008610 tendría el objetivo de frenar a quienes alzan su voz en las colas de los supermercados.
Acusó al ministro de la Defensa y artífice de la norma, Vladimir Padrino López, de darle autorización a la Fuerza Armada para matar a la gente en la calle. "Él es responsable de haber cometido un delito de lesa humanidad", manifestó.
También destacó que el líder castrense desconoce las garantías constitucionales. El artículo 68 de la Carta Magna establece la prohibición del uso de armas de fuego y sustancias tóxicas en el control de manifestaciones pacíficas.
Se lee en el mismo apartado que la ley regulará la actuación de los cuerpos policiales y de seguridad en el control del orden público, que son las únicas instituciones capacitadas para lidiar con manifestaciones públicas, no la Fuerza Armada. Por eso Solórzano instó a la Fiscalía General de la República y a la Defensoría del Pueblo a desconocer el decreto. "Estamos profundamente preocupados porque en Venezuela hoy se ha declarado la pena de muerte sin juicio", dijo.
La MUD acudirá el lunes próximo al Tribunal Supremo de Justicia para pedir la nulidad de la resolución. Además, promoverán un comité prodefensa de los ciudadanos para que, junto a la sociedad civil, se repudie y evitar la aplicación de la norma.
No hay comentarios:
Publicar un comentario